Si tiene marcas, patentes, licencias, secretos industriales, relaciones comerciales, concesiones, softwares, sitios web, derechos de autor, o cualquier otro activo intangible, PUEDE ALIGERAR SU CARGA TRIBUTARIA Y OBTENER MAS BENEFICIOS FISCALES.
Para que un activo intangible pueda ser considerado como tal, es indispensable que genere beneficios, es decir, que genera ganancias económicas para la empresa y que sea plenamente identificable.
LOS ACTIVOS INTANGIBLES REPRESENTAN UNA INVERSIÓN PARA LAS EMPRESAS, en ese sentido el artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que los activos intangibles son gastos y cargos diferidos, mismos que forman parte de las inversiones y por lo tanto, son deducibles.
Los activos intangibles adquieren un beneficio fiscal ya que pueden ser utilizados para disminuir la base gravable del contribuyente para efectos del impuesto sobre la renta en el ejercicio fiscal respectivo, por lo que atendiendo a sus características, se podrá determinar el porcentaje de deducción a aplicar.
LOS ACTIVOS INTANGIBLES SON DE LOS MÁS VALIOSOS DE SU NEGOCIO, POR LO QUE SU CORRECTA ADMINISTRACIÓN Y TRATAMIENTO PUEDE POTENCIAR LA RENTABILIDAD, LA ESTABILIDAD DE LAS FINANZAS CORPORATIVAS Y ELEVAR EL CRECIMIENTO DE SU NEGOCIO.